¿Deben las empresas tributar por los bonos al comercio? El caso de un pequeño pueblo de Alicante

El Ayuntamiento de Teulada, una pequeña localidad de la comarca de la Marina Alta, ha destapado la caja de los truenos sobre una de las medidas estrella de los consistorios el pasado 2021: ¿Debe el bono comercio tributar en la declaración de la renta y cómo?
Se trata de una duda que ha surgido en numerosos ayuntamientos, diputaciones y autonomías del país tras un año cargado de ayudas y subvenciones a empresas y particulares para responder a la coyuntura económica.
El consistorio de Teulada reconocía este martes «las dudas surgidas» entre los comerciantes que, a la hora de hacer la declaración de la renta -cuyo término acaba el próximo 30 de junio- no saben si deben declarar o no las ganancias obtenidas gracias a los diferentes bonos comercio que ha venido implantando el consistorio.
«Ante las dudas surgidas acerca de los bonos comercio en la declaración de la renta, desde el Ayuntamiento de Teulada se informa a todas las empresas que participaron en esta iniciativa que, tras las consultas pertinentes de la Intervención Municipal con Hacienda, no hay que tributar por este concepto», respondía este miércoles en un breve comunicado.
Todo, después de que se haya celebrado una reunión informativa en la que el Ayuntamiento de Teulada ha explicado a las empresas colaboradoras el proceso que deben seguir para no tener problemas con Hacienda.
Una de las preguntas más recurrentes que se han formulado es qué pasa en el caso de que la empresa en cuestión sí haya presentado la declaración de la renta incluyendo los bonos comercio. La respuesta: «deberá pedir una rectificación a Hacienda adjuntando el certificado que el Ayuntamiento de Teulada ha expedido. Además, Hacienda tiene en su base de datos el listado de comercios implicados para que cuando registren su declaración de la renta ya consten como exentos».
“Desde el primer momento teníamos claro que se trataba de un error, finalmente, se ha podido solucionar gracias al trabajo de la intervención municipal y los departamentos implicados. El bono fue una iniciativa novedosa que venía a revitalizar la economía local y finalmente así fue. Ahora podemos seguir trabajando tranquilamente para preparar la próxima campaña del Bono Comercio y que los negocios locales puedan adherirse con total confianza”, ha señalado el alcalde de Teulada Moraira, Raúl Llobell.
Si embargo, preguntado al Ayuntamiento pionero en esta medida, desde la concejalía de Hacienda de Benidorm no son tan contundentes en su respuesta. «Cada uno en su condición tributaria decide; el empresario según su aumento de ventas en su modalidad tributaria», responden tras aclarar que «los bonos han sido un éxito: un programa municipal pionero, con plena satisfacción de establecimientos y consumidores, que en el caso de Benidorm son todos los vecinos de Benidorm».
Rendimientos de la actividad económica
Preguntada a una asesoría especializada en fiscalidad, responden que Teulada ha hecho bien reculando. «En nuestra opinión, coincidimos con el Excmo. Ayuntamiento de Teulada en relación a la exención de la tributación del Bono Comercio, ya que el ingreso recibido por los comercios a través de este bono tributan como rendimientos de la actividad económica, esto es como un ingreso ordinario más», responde Irene Cantó de Ana Sala Asesores S. L.
«En el caso que también tuvieran que tributar como una subvención, esta se incluiría como una ganancia patrimonial en la declaración de la renta, lo que supondría una doble tributación por el mismo hecho imponible», especifica. «Por lo comentado, el Bono Comercio estaría exento de tributar como una ganancia patrimonial es decir como una subvención».
A este respecto una de las dudas que podría surgir es si el bono comercio debe tratarse tributariamente igual que las ayudas covid. «Deberíamos diferenciar en primer lugar qué tipos de ayudas se percibieron», responde Cantó. «Por ejemplo, el cese de actividad tributaba como rendimientos del trabajo y otras ayudas concedidas tanto por los Ayuntamientos como por las Comunidades Autónomas, tributaban dentro de las actividades económicas como ingresos extraordinarios», añade.
En resumen, aclara: Las ayudas del bono comercio percibidas «son ingresos ordinarios de la actividad y deben tributar únicamente por este concepto, y las ayudas Covid percibidas, dependiendo de lo comentado anteriormente, tienen un tratamiento u otro».
¿Y los consumidores?
Otra de las derivadas de esta medida del bono es ¿cómo deben responder ante Hacienda los consumidores que se beneficiaron de él? La respuesta no es tan sencilla porque depende del tipo de bono, porque no es lo mismo uno de consumo para obtener un descuento que otro tipo de ayuda económica.
En Benidorm también dejan en manos de sus vecinos la decisión. Al tratarse de una ayuda económica escasa, si lo comparamos por ejemplo con los planes para autónomos, su declaración de las aportaciones de los bonos tendría un impacto mínimo en las declaraciones.
Y más, teniendo en cuenta que, en el caso de la localidad turística. quienes más se han descargado el bono en 2021 «son los que más lo necesitaban», dándose la circunstancia de que son consumidores que, en una parte importante, estarían exentos de hacer la declaración de la renta al no llegar al mínimo exigible por ley.

Fuente: El Español

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